Se admitió demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ministerio del Trabajo, por despido ineficaz

El Ministerio del Trabajo informa que la Corte Constitucional del Ecuador resolvió admitir a trámite la acción pública de inconstitucionalidad a la Resolución 05-2021 del Pleno de la Corte Nacional de Justicia, que prohíbe a los jueces que conocen sobre demandas de despido ineficaz, que las mujeres en estado de embarazo o asociado a su condición de gestación o maternidad; y los dirigentes sindicales incluyan en este tipo de demanda pretensiones adicionales como: pago de la decimotercera, decimocuarta remuneración, vacaciones y remuneraciones pendientes de pago.
En la argumentación de la demanda presentada por la Ministra del Trabajo, Ivonne Núñez Figueroa, señala que es incompatible con el derecho a la tutela judicial efectiva garantizada por el Estado ecuatoriano, a la mujer embarazada o en periodo de lactancia, y a los dirigentes sindicales, la resolución de la Corte Nacional de Justicia que ha sido impugnada; ya que esta decisión es contraria al principio de acceso a una justicia imparcial, expedita y a los tratados internacionales, porque propende a la regresión de los derechos de los trabajadores despedidos.
Con la admisión de la demanda de inconstitucional, el Gobierno nacional garantiza los derechos laborales, la estabilidad y dignidad de los trabajadores, respetando de esta manera el principio de justicia social.