Ministerio del Trabajo establece escalas salariales para el Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador

Con el objetivo de implementar la política pública de respeto a los derechos laborales justos y equitativos de los servidores públicos, el Ministerio del Trabajo mediante Resolución Ministerial Nro. MDT-2025-015, expidió la escala de remuneraciones mensuales unificadas, compensación anual y aspectos de la carrera del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador atribuidos por el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.
La Resolución establece la escala remunerativa mensual de acuerdo al nivel y años en el grado del personal directivo y técnico operativo. Además, la carrera del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador estará estructurada por grados y años de servicio.
En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta del COESCOP, la Unidad de Administración del Talento Humano o quien haga sus veces del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador en el término de 60 días, ubicará a los servidores que se encuentran en servicio activo dentro de uno de los grados de la estructura orgánica definida en el artículo 263 del COESCOP, según lo siguiente:
- Verificará el grado actual que posee cada servidor y el número de años de experiencia específica “años de servicios en el puesto institucional”, lo cual permitirá ubicar al servidor en el grado y año correspondiente. Así mismo, se revisará el cumplimiento de la instrucción formal requerida según el grado.
Para conocer más sobre este instrumento legal, ingresa aquí.