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Demanda de inconstitucionalidad, presentada por el Ministerio del Trabajo, es admitida acerca de la eliminación del pago de la bonificación por desahucio

La Corte Constitucional (CC) del Ecuador admitió la demanda de inconstitucionalidad que presentó el Ministerio del Trabajo sobre la eliminación del pago de la bonificación por desahucio, que resolvió la Corte Nacional de Justicia (CNJ) el pasado 22 de enero de 2025.

El pasado 01 de abril, la Ministra del Trabajo, Ivonne Núñez Figueroa, presentó una acción pública de inconstitucionalidad por el fondo con medida cautelar en contra de la Resolución 03-2025 emitida por la CNJ, que señalaba: “El trabajador que haya decidido terminar su relación laboral por separación o retiro voluntario, no podrá acogerse a la bonificación por desahucio contemplada en el inciso segundo del artículo 184 del Código del Trabajo, pues se estaría beneficiando dos veces por la terminación de la relación laboral”.

Sobre los argumentos de inconstitucionalidad, al considerar que el trabajador que se ha acogido a la separación o retiro voluntario ya ha recibido una compensación y, por ese motivo, “negarle la bonificación por desahucio, se está limitando un derecho laboral que ha sido reconocido legalmente, sin justificación suficiente”.

En ese contexto, al no observar los derechos laborales previstos en los Artículos 184 y 185 del Código del Trabajo, se aplicaría una interpretación regresiva, que se detalla:

•              Reduce beneficios previamente reconocidos a trabajadores amparados por normas laborales anteriores;

•              Limita injustificadamente su derecho a la bonificación por desahucio; y

•              Desconoce la jurisprudencia constitucional.

“Bajo el liderazgo del Señor Presidente Daniel Noboa Azin, los derechos laborales de todos los ecuatorianos se continúan defendiendo”, manifestó la Ministra Ivonne Núñez Figueroa.  De esta manera, reafirmamos el respeto a los derechos laborales que han sido históricamente adquiridos y que son irrenunciables, conforme lo establece el marco jurídico vigente y amparados en el Código del Trabajo. Estos derechos garantizan dignidad, estabilidad y justicia para los trabajadores del país, y cuya defensa constituye un pilar fundamental del Nuevo Ecuador.


 
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