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Cumplimos con los pagos jubilares pendientes a los exservidores públicos

El Ministerio del Trabajo informa que estamos cumpliendo con los pagos jubilares a exservidores públicos, además a los derechohabientes o representantes de las personas fallecidas, esto como parte del compromiso del Gobierno Nacional en la asignación de recursos para quienes dedicaron su vida al servicio público y de la ciudadanía.

Para los derechohabientes de las personas fallecidas, que no lograron obtener la compensación jubilar, pueden acogerse a este beneficio legalmente adquirido. Esto con base al Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público, que en el artículo 290 señala: “En el caso de que las solicitudes presentadas, por las o los servidores públicos que hayan cumplido 60 años de edad para acogerse a los estímulos y compensación económica de la jubilación, fueron aceptadas por la autoridad nominadora, y fallecieren durante el proceso, los beneficiarios tendrán derecho a recibir la compensación económica, de conformidad con la LOSEP y previo a la presentación de los justificativos legales correspondientes”.

Asimismo, esta cartera de Estado, emitió el Acuerdo Ministerial Nro.  MDT-2025-051, el pasado 30 de abril de 2025, que en su parte pertinente señala:

Cuarta.- Por esta única ocasión, y una vez que se haya cumplido el pago a los jubilados priorizados de mayor puntajes según Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2018-0185, para el caso de los expedientes validados, comprendidos en el período entre los años 2016 y 2019 que se encuentren pendientes de pago, y que correspondan a ex servidores que fallecieron antes de recibir la compensación de retiro por jubilación, se podrá proceder al pago de la compensación de retiro por jubilación a los derecho habientes de los referidos ex servidores jubilados hasta el 31 de diciembre de 2025 en efectivo, siempre que los ex servidores jubilados vivos, de los períodos anuales referidos, que mantienen sus expedientes en espera, no hayan aceptado de manera comprobable el pago de dicha compensación en bonos sino que desean recibirla en efectivo.

Para este trámite, los derechohabientes o sus representantes deberán presentar en la Unidad de Administración del Talento Humano (UATH) de la institución a la que pertenecen, los siguientes documentos:

  • Partida de defunción del causante.
  • Copia de los documentos de identificación de los derechohabientes.
  • Documento que acredite la posesión efectiva de los bienes del causante.

Para 2025, el Ministerio del Trabajo tiene una asignación presupuestaria programada para el pago jubilar de USD. 230 millones, de los cuales se han gestionado tres pagos en marzo, abril y junio, beneficiando a 1.913 exservidores.

El Nuevo Ecuador cumple con los derechos de los trabajadores.


 
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