Registros de impedimentos y rehabilitaciones
El Ministerio del Trabajo como ente rector de políticas públicas de trabajo, empleo y del talento humano del servicio público informa las directrices, requisitos y formularios que ha dispuesto para el Registro y Rehabilitación de Prohibiciones, Inhabilidades e Impedimentos Legales para Desempeñar Cargo Público, conforme a la normativa legal vigente.
NORMA
INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
DIRECTRICES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
El artículo 4 literal g) de la Norma para el Registro y Rehabilitación de Prohibiciones, Inhabilidades e Impedimentos Legales para Desempeñar Cargo Público, ha dispuesto como una de las atribuciones del Ministerio del Trabajo emitir directrices e instrumentos técnicos que las instituciones públicas deben acoger de manera obligatoria para el registro y rehabilitación de prohibiciones, inhabilidades o impedimentos legales para ejercer cargo, puesto, función o dignidad dentro del sector público.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Ministerio del Trabajo ha emitido las siguientes directrices:
- 2023 – Circular – 0009 Directrices – Registros de impedimentos y rehabilitaciones para ejercer cargo público por parte de las instituciones del sector público
- 2023- Oficio – 0207 Directrices – Registros de impedimentos y rehabilitaciones para ejercer cargo público por parte de las instituciones del sector público
Las instituciones públicas que no dispongan de Sistema de Gestión Documental QUIPUX, podrán ingresar sus requerimientos de REGISTROS DE IMPEDIMENTOS, de forma virtual a través del Portal de Trámites Ciudadanos GOB EC; para efecto se debe anexar:
1) Solicitud de registro (encriptado de firma digital, debidamente motivado y fundamentado)
2) Formato Excel para Registros de Impedimentos – Anexo 1, y
3) Documentos digitales de respaldo para el registro de impedimentos, tales como la providencia, dictamen, la acción de personal o resolución administrativa que sustente la petición conforme al registro requerido; documentos de respaldo que se podrán ingresar a través del siguiente acceso del GOB EC:
Es necesario mencionar que si se ingresa el trámite por la plataforma GOB EC, la herramienta solicitará como medio de verificación, datos institucionales que se encuentran en el RUC, tales como la clase de contribuyente, si se encuentra o no obligado a llevar contabilidad, o la fecha de inicio de actividades; información que se recomienda tener lista y en caso de no disponerlo se puede consultar los datos a través de la página del SRI, en consulta de RUC. El GOB EC además enviará un código de verificación al correo electrónico que se proporcione, código con el cual se podrá ingresar el trámite.
Si el tamaño del archivo excede la capacidad máxima de 6 MB establecidos en el GOB EC o 2 MB en el Quipux, el trámite no podrá ser ingresado por estos medios digitales (GOB EC o Quipux) por lo que necesariamente se tendrá que ingresar el requerimiento de forma física a través de la ventanilla de atención ciudadana del Ministerio del Trabajo más cercana a la jurisdicción territorial en la que se encuentre ubicada la entidad solicitante. Para estos casos se deberá anexar a la solicitud, y documentos de respaldo pertinentes, un CD (Disco Compacto) que contenga los datos de los ciudadanos a ser registrados; los mismos que estarán guardados en el archivo digital: “Formato Excel para Registros de Impedimentos – Anexo 1”, o “Formato Excel para Rehabilitaciones – Anexo 2”, según el caso.
Por el momento, el Portal de Trámites Ciudadanos GOB EC solo se encuentra habilitado para receptar solicitudes de REGISTROS DE IMPEDIMENTOS; en el caso de que las Instituciones del Sector Público necesiten solicitar REHABILITACIONES DE IMPEDIMENTOS, los medios de ingresos de trámites son de forma digital a través del Sistema de Gestión Documental QUIPUX, o de forma física a través de las ventanillas del Ministerio del Trabajo.
En todos los casos se deberá tomar en cuenta lo establecido en la Norma para el Registro y Rehabilitación de Prohibiciones, Inhabilidades e Impedimentos Legales para Desempeñar Cargo Público, así como las Directrices expuestas en el Circular 2023 – Circular – 0009, y en el Oficio 2023 – Oficio – 0207.
En relación al literal g) del artículo 13 y el literal e) del artículo 16 de la Norma para el Registro y Rehabilitación de Prohibiciones, Inhabilidades e Impedimentos Legales para Desempeñar Cargo Público, respecto a los documentos de respaldo para el registro y/o rehabilitación de impedimentos que las entidades del sector público pueden presentar, se citan los siguientes:
CIUDADANÍA
REQUISITOS PARA REHABILITACIÓN DE IMPEDIMENTOS LEGALES PARA EJERCER CARGOS PÚBLICOS POR PETICIÓN DE LA CIUDADANÍA
Para la rehabilitación, el ciudadano que realiza el trámite deberá presentar su solicitud o Formulario 001 de rehabilitación, la cédula de identidad o pasaporte vigente. Cuando autorice a una tercera persona la realización del trámite, se deberá adjuntar la copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente de la persona con impedimento. Además, según la clase de impedimento, los ciudadanos deberán adjuntar los siguientes requisitos:
REQUISITOS PARA REHABILITACIÓN POR REQUERIMIENTO DE LA CIUDADANÍA SEGÚN LA CLASE DE IMPEDIMENTO
(Se considerarán solo documentos originales o copias certificadas)
DEUDA EN MORA CON INSTITUCIONES PÚBLICAS
- Certificado emitido por la institución en el que se indique que la persona no mantiene deudas. En el caso de que la persona tenga una deuda por un proceso coactivo, el certificado deberá señalar el número de dicho proceso en el que conste no mantener ninguna deuda;
- Certificado que indique que se encuentra al día en los pagos, en caso de haberse suscrito un convenio con la institución.
DEUDA EN MORA CON LA EX AGENCIA DE GARANTÍAS DE DEPÓSITOS – AGD
- Certificado de la Unidad de Gestión de Regularización el cual indique no mantener deudas con la banca cerrada.
- Certificado RECYCOB de no mantener deuda.
INDEMNIZACIÓN POR SUPRESIÓN DE PUESTO
- Certificado de la institución de donde fue suprimido el puesto, en el que conste: fecha en la que fue suprimido el puesto; figura legal de salida o desvinculación; monto de la indemnización recibida; última remuneración percibida por la servidora o servidor público; y, determinación del valor a devolver en el caso de que sea aplicable.
- Cuadro de devengación emitido por la institución pública, en la cual se suprimió el puesto, firmado por autoridad competente.
- Certificado que justifique la devolución de los valores de la indemnización a la institución donde se suprimió el puesto; o, de ser el caso, el convenio de pago actualizado y la declaración patrimonial juramentada en la cual conste el respectivo convenio de pago (Este requisito se debe presentar únicamente cuando no se haya concluido la devengación).
- Acciones de personal, resoluciones administrativas y demás documentos relativos a la supresión del puesto.
- A) En caso de no haber reingresado al sector público luego de la supresión del puesto, se deberá presentar el Historial del tiempo de trabajo por empresa, el cual se puede obtener a través de la página web del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (historia laboral);
- B) Si hubiere reingresado al sector público luego de la supresión del puesto, se deberá presentar el/los Certificado/s emitido/s por parte de las instituciones públicas, en las cuales la persona haya reingresado a trabajar o trabaje, en los que se indique claramente fecha de ingreso y salida en las que reingresó a laborar, así como también, determine claramente la modalidad contractual, de conformidad con lo establecido en la Ley; o, en caso de no contar con la documentación señalada, el Ministerio del Trabajo, aceptará la Declaración Juramentada realizada ante Notario Público, en la cual justifique la imposibilidad de obtener la documentación requerida; y, que además, conste el detalle de reingresos al sector público, fecha de ingreso y salida de la o las instituciones públicas a las que reingresó a laborar, así como también, determine claramente la modalidad contractual, de conformidad con lo establecido en la Ley.
INDEMNIZACIÓN O COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR COMPRA DE RENUNCIA, RETIRO VOLUNTARIO, VENTA DE RENUNCIA, U OTRAS FIGURAS SIMILARES
- Certificado emitido por la institución del Estado de la que recibió la indemnización o compensación económica, en el que se indique: fecha en la que se produjo la separación de la institución; figura legal de salida o desvinculación; y, valor de compensación o indemnización.
- Acción de personal, resoluciones administrativas y demás documentos relativos a la desvinculación de la institución, por compra de renuncia, retiro voluntario, venta de renuncia, u otras figuras similares.
- Certificado de devolución del valor de la indemnización o compensación económica emitido por la institución, entidad u organismo que los recibió; o, en su defecto, convenio de pago y declaración patrimonial juramentada en la cual conste el respectivo convenio de pago.
DESTITUCIÓN
- Resolución mediante la cual se estableció la sanción de destitución.
- Acción de personal de la institución en la cual cesó en funciones por destitución.
- Certificado actualizado por parte de la institución del Estado que lo destituyó, el cual acredite el transcurso del plazo necesario para su rehabilitación, en el que además se indique si se ha seguido algún tipo de acción civil y/o penal en contra de la persona, como consecuencia de la destitución.
PERSONAS RESTITUIDAS A SU PUESTO DE TRABAJO
- Sentencia y/o Resolución en la que ordena la restitución.
- Acción de personal de desvinculación.
- Acción de personal de restitución.
DEUDAS POR PENSIONES ALIMENTICIAS
Oficio y/o certificado emitido por el órgano jurisdiccional competente, en el que se indique claramente la revocatoria del registro del impedimento; o, que la persona no mantiene deudas por pensiones alimenticias.
INTERDICCIÓN, PÉRDIDA DE LOS DERECHOS DE CIUDADANÍA, CONCURSO DE ACREEDORES, O INSOLVENCIA FRAUDULENTA
- Sentencia, Auto o documento legal dictado por el órgano jurisdiccional competente, en el que conste que la declaratoria de interdicción judicial o pérdida de los derechos de ciudadanía fue revocada; que la respectiva acción o sanción prescribió conforme la ley; o, cualquier otra indicación motivada que determine que la interdicción judicial o pérdida de los derechos de ciudadanía no se encuentra vigente, con la respectiva razón de ejecutoría.
- Certificado emitido por la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación en el que conste que la declaratoria de interdicción judicial o pérdida de los derechos de ciudadanía, en caso de concurso de acreedores, o insolvencia fraudulenta fue revocada; que la respectiva acción o sanción prescribió conforme la ley; o, cualquier otra indicación motivada que determine que la interdicción judicial o pérdida de los derechos de ciudadanía no se encuentra vigente.
MEDIOS DE INGRESO DE TRÁMITES PARA REHABILITACIÓN DE IMPEDIMENTOS POR PETICIÓN DE LA CIUDADANÍA
Los ciudadanos podrán presentar sus solicitudes a través de los siguientes medios:
a) Por medios físicos: En las ventanillas de atención ciudadana del Ministerio del Trabajo de Planta Central, así como de las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Servicio Público o Delegaciones Provinciales de Trabajo y Servicio Público ubicadas a nivel nacional.
b) Por medios electrónicos:
1. A través del Sistema de Gestión Documental Quipux;
2. Por el Portal Único de Trámites Ciudadanos; y,
3. Se receptarán solicitudes de las personas naturales, únicamente para ejecutar rehabilitaciones, a través del correo electrónico: impedimentosyhabilitaciones@trabajo.gob.ec; en el que deberá constar el oficio del requerimiento específico y detallado o el formulario que para el efecto emita el Ministerio del Trabajo con firma electrónica; adjuntando los documentos habilitantes. Si los documentos habilitantes contienen firmas físicas, necesariamente se deberá ingresar el requerimiento por medios físicos.
CERTIFICADOS DE REGISTROS A LA FECHA POR PETICIÓN DE LA CIUDADANÍA
En el caso de requerir un certificado de registros de impedimentos a una/s fecha/s determinada/s, se deberá solicitar mediante oficio al Ministerio del Trabajo o mediante Formulario 002 de solicitud de validación de registros, especificando la fecha o el rango de la información necesitada. Para efectos de notificación, se deberá proporcionar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono de contacto. Los Ciudadanos ecuatorianos/residentes deberán presentar su cédula de identidad, y en el caso de extranjeros no residentes se deberá presentar su pasaporte vigente o su cédula de identidad.
FORMULARIOS DE SOLICITUD DE REHABILITACIÓN PARA LOS CIUDADANOS
- Formulario-001 de solicitud de rehabilitación
- Formulario-002 de solicitud de validación de registros (Certificado a la fecha)
CONOCE EL CERTIFICADO DE REGISTRO DE PROHIBICIONES, INHABILIDADES, IMPEDIMENTOS PARA EJERCER CARGO PÚBLICO
CONTACTO
Para mayor información o consultas comunicarse al correo electrónico: impedimentosyhabilitaciones@trabajo.gob.ec o al teléfono: 02 381 4000 extensiones: 10832, 10718.